Los Ríos al Día

Ex autoridades de Ministerios de OO.PP. y Agricultura coinciden sobre inconstitucionalidad en reforma al Código de Aguas

Advierten que la caducidad de los derechos de agua también afectará a los derechos ya constituidos, puesto que en la propuesta se eliminó el artículo transitorio que establecía que la norma no tendría aplicación retroactiva.

 

Coincidentes con la preocupación manifestada hace unos días por dos ex directores de la Dirección General de Aguas (DGA) -los abogados Matías Desmadryl y Rodrigo Weisner-, quienes advierten que cambios introducidos por el Gobierno en el marco de la reforma al Código de Aguas, especialmente respecto del mecanismo para combatir la especulación, serían derechamente inconstitucionales, se mostraron el ex Ministro de Agirucltura, Luis Mayol, y el ex Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego, y actual Gerente General de MAS Recursos Naturales S.A., Felipe Martin.


El actual titular de la DGA, Carlos Estévez, salió esta semana a restarle importancia a dichas declaraciones, argumentando que esta polémica es cosa de abogados y que desde fuera del Congreso se ha centrado la mirada en una reforma a la propiedad, pero que desde su perspectiva no es así, sino que tiene que ver con asegurar un derecho humano esencial, fortalecer las atribuciones de la administración de las aguas en las situaciones de escasez y la capacidad de tener información sobre lo que pasa en las aguas.


No obstante, tanto a Mayol como a Martin les preocupa que las indicaciones presentadas por el Ejecutivo establecen un claro mecanismo de caducidad de los derechos de agua, el que -pese a lo afirmado por el Gobierno- también afecta a los derechos ya constituidos, ya que del texto se eliminó el artículo transitorio que establecía que la norma no tendría aplicación retroactiva.


"Por ejemplo, en las indicaciones presentadas -advirtió Mayol- se estipula un mecanismo para la extinción de estos derechos si el titular, en un plazo determinado, no ha construido las obras necesarias para aprovechar el recurso, y eso es claramente inconstitucional. De hecho, la causal de extinción de derechos no existe en la actual legislación, ya que el único motivo de extinción que existe en el derecho de aguas chileno es la renuncia".


Por su parte, Martin se manifestó preocupado por los efectos que esto tendrá en el desarrollo de inversiones y en la disminución de empleos, ya que una reforma de este tipo hace imposible desarrollar proyectos con una seguridad frente a un recurso clave para cualquier industria.


"Frente a este tema, tanto las condiciones internas del país como las internacionales hacen que sea necesario que las autoridades planifiquen una reforma de este tipo pensando en los efectos que va a traer sobre la economía y especialmente sobre las familias más vulnerables, entre las que se cuentan aquéllas que viven de la pequeña agricultura y minería, entre otras", concluyó.

Edición 369

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