Los Ríos al Día

Hospital Base Valdivia

DECLARACION PUBLICA

Valdivia, 14 de abril de 2020 En relación al Recurso de Protección interpuesto por doña María José Brana Vera, TENS y doña Jéssica Vergara Vaez, TENS, quienes se desempeñan en la unidades de Neurología y Neurocirugía de este establecimiento respectivamente, habiéndose pronunciado la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia con fecha trece de abril del año en curso, Hospital Base Valdivia viene en declarar que:

1.- Como principal establecimiento asistencial de la región, se es respetuoso de la ley y de los fallos emitidos por los tribunales de justicia de este país y en este sentido destaca el que Su Señoría Ilustrísima reconociera los argumentos esgrimidos por HBV respecto a que sí se entregan los Elementos de Protección Personal (EPP) tanto a sus funcionarios como pacientes, de acuerdo a criterios técnicos que consideran riesgo de contagio, manejo y/o patología, función y servicio, acogiendo la pretensión de las recurrentes en su numeral NOVENO “sólo en cuanto se ordena al recurrido decretar o actualizar las medidas necesarias para el resguardo de la seguridad de los funcionarios de la Salud a su cargo, debiendo al efecto establecer y/o adaptar los protocolos de seguridad existentes y disponer las medidas de protección aplicables al régimen especial derivado de la Pandemia Mundial Covid-19, sin perjuicio de las ya vigentes y acorde con la disponibilidad de recursos y medios materiales con que se cuente.”

2.- Que la misma autoridad judicial en su numeral OCTAVO reconoce “que es un hecho público y notorio que enfrentamos una Pandemia Mundial, como la ha definido la Organización Mundial de la Salud, fenómeno sanitario histórico en todo el orbe y en nuestro país, advirtiendo en su numeral NOVENO “que se exceden las materias propias de competencia de esta Corte, dada su especial naturaleza,” por tanto “se entiende únicamente factible instruir en lo resolutivo a la autoridad administrativa recurrida, con el propósito que adopte o, en su caso, refuerce las medidas necesarias para un cumplido resguardo de la salud de los funcionarios de su servicio, debiendo al efecto establecer y/o adaptar protocolos de seguridad y disponer medidas de protección compatibles con el régimen especial derivado de la declaración de Pandemia Mundial Covid19 actualmente vigente, sin perjuicio de aquellas que ya se encontraren en vigor.”

3.- De dicho fallo se desprende que Su Señoría está cierto que esta institución cuenta con los suministros y stock, así como con protocolos de medidas de seguridad para la salud sólo precisando que se debe “mantener coherencia con lo dispuesto por las autoridades sanitarias y racionalidad con los recursos materiales disponibles.” Lo cual está absolutamente en línea con la evolución de las medidas que han debido adoptarse y ajustarse a raíz del comportamiento observado por el COVID-19 en todo el orbe que a diario reporta la OMS y que en lo inmediato “se ve ratificado en la praxis, toda vez que a nivel país se ha dispuesto, inclusive, como medida complementaria, el uso obligatorio de mascarilla (aun cuando no necesariamente quirúrgica) para todos los ciudadanos que se desplacen en cualquier medio de transporte público o privado remunerado, precisamente en aras de minimizar el riesgo de contagio,” medida posterior al ingreso del presente Recurso a la Corte, lo cual da cuenta de que la toma de decisiones en salud se está realizando según los criterios de prevención y protección observados e indicados en tiempo real por la OMS.

4.- Que respecto del caso que motivó el presente Recurso, Hospital Base Valdivia hace un llamado a los funcionarios a ser respetuosos de la Ley 20.584 de Deberes y Derechos del Paciente. Ello en virtud a que se recurrió por un caso en que jamás existió un diagnóstico de Covid-19 positivo, ni tampoco una amenaza real para el personal de salud que atendió a la paciente, los cuales contaban al momento con los EPP adecuados a la patología de sospecha e ingreso: “Accidente Cerebro Vascular agudo,” siendo fundamental además agregar que a la fecha no se registran funcionarios contagiados por haber atendido a pacientes con Covid19 positivo en el Servicio de Urgencia de HBV, por lo tanto, se apela al profesionalismo y buen juicio de todos en el sentido de no sobre reaccionar ante otros cuadros diagnóstico que son habituales en la atención clínica y, sobre todo, no estigmatizar a pacientes exponiendo sus casos sin su debido consentimiento informado.

5.- Finalmente Hospital Base Valdivia empatiza con el sentir y preocupación de todo su equipo humano y sus familias en esta grave contingencia sin precedentes, agradeciendo su compromiso y dedicación, recordándoles que como consecuencia de la pandemia los EPP son hoy un recurso valioso y escaso en todo el orbe por lo que se llama a su uso racional, haciendo presente que se está en permanente coordinación con diversos proveedores para la adquisición de stocks a pesar de la demanda mundial, a lo que se suma y agradece la solidaria y desinteresada colaboración de los propios funcionarios y ciudadanía que están confeccionando y donando escudos faciales y mascarillas, así como también empresas locales que están reconvirtiendo su producción para dotar de más y mejores insumos e implementos en un esfuerzo por superar esta pandemia de manera ordenada y fraterna. DIRECCION HOSPITAL BASE VALDIVIA

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