Los Ríos al Día

Expertos abordaron el COVID 19 y su impacto en el Derecho Penal

El seminario se enmarca en un ciclo de charlas online que organiza el Centro de Estudiantes de Derecho (Valdivia) y la Oficina de Vinculación con el Medio de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UACh.

Denominada «COVID 19 y su impacto en el Derecho Penal», el Centro de Estudiantes de Derecho (Valdivia) y la Oficina de Vinculación con el Medio de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Austral de Chile, dieron inicio al primer ciclo de charlas sobre «El rol del Derecho en tiempos de COVID 19».

La actividad online se realizó el miércoles 8 de julio de 2020, a las 19:00 horas, y se transmitió vía plataforma Zoom y Facebook Live de la Facultad, convocando a más de 200 participantes. En la ocasión, los relatores responsables del seminario fueron la Fiscal Jefa de Alta Complejidad de la región Metropolitana Centro-Norte, del Ministerio Público, Ximena Chong; el abogado Juan Pablo Mañalich, académico y director del Departamento de Ciencias Penales de la Universidad de Chile; y la abogada y doctoranda en Derecho de la Universidad Austral de Chile, María Isabel Ruiz-Esquide. Moderó el panel el estudiante de Derecho UACh Esteban Oyarzún.

La actividad comenzó con palabras del Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Dr. Juan Andrés Varas, quien destacó la participación y la calidad de los tres expositores y, asimismo, subrayó la gran iniciativa del Centro de Estudiantes de Derecho Valdivia con apoyo de la Oficina de Vinculación de la Facultad, “los felicito porque se están preocupando de proyectar sus actividades hacia la comunidad y por su capacidad de ejecución; y también, de enriquecer su comprensión de la realidad de una manera ejemplar. Además, los estudiantes de Derecho de Valdivia y Puerto Montt están sacando adelante un semestre difícil, complejo e inesperado para todos; y ante los hechos sucedidos recientemente en la UACh, han tenido una posición política y capacidad de expresarse, de manera que esto nos enorgullece como Facultad”.

Luego, el presidente del Centro de Estudiantes de Derecho (Valdivia), Alejandro Flores, agradeció la presencia de todos y todas y, en especial, de los expositores, “como Centro de Estudiantes estamos convencidos de la importancia y necesidad de vincular nuestra organización estudiantil con la comunidad; es por esto que, a pesar de que todas las actividades que teníamos planeadas han debido suspenderse por la pandemia, de igual manera hemos querido vincularnos con la comunidad con instancias como estas, que continuarán las próximas semanas”.

Agregó, “aprovecho para agradecer también al equipo de la Oficina de Vinculación con el Medio de la Facultad y a la Delegación de Asuntos Académicos y Reglamentarios de este Centro de Estudiantes por el gran trabajo que han realizado y que están realizando para que esta actividad llegue hasta sus pantallas”.

Exposiciones

La abogada y Magíster en Derecho Público de la Universidad de Chile y Fiscal Jefa de Alta Complejidad de la región Metropolitana Centro-Norte, del Ministerio Público, Ximena Chong Campusano, expuso sobre «Protección de las garantías fundamentales de los imputados en el contexto del COVID-19».   El rol del Ministerio Público, de cara a la promoción y respeto de los derechos humanos, en un contexto de crisis sanitaria -la que agudiza las situaciones de inequidad y las situaciones de dificultad de acceso a la justicia que tienen tanto los justiciables como las víctimas- parte de la premisa que el sistema de justicia penal tiene un rol clave dentro del estado de derecho democrático, indicó: “el rol de los fiscales en ese engranaje, dado por este sistema de justicia penal, sobre todo tratándose de un órgano constitucional que está invertido de cierto poder, representa para el Ministerio Público una función central el respeto y promoción de los derechos fundamentales”.

“El Fiscal no actúa en representación de sí mismo ni de una autoridad política cualquiera, sino en nombre de la sociedad, y por lo tanto, debemos observar en esta función  los derechos de la persona individual siempre compatibilizado de la eficacia del sistema de justicia penal del cual el fiscal es en parte responsable y que propende, por lo tanto, al esclarecimiento de los hechos, y a que en la etapa de adjudicación se sancionen en justicia las conductas que han quebrantado el Estado de Derecho.  Desde este punto de vista, el rol del Fiscal debe propender a la confiabilidad y credibilidad del sistema porque de esto depende que el sistema penal siga siendo un elemento fundamental dentro del contexto del Estado de Derecho”, explicó la Fiscal Chong.

El abogado, Juan Pablo Mañalich, académico y director del Departamento de Ciencias Penales de la Universidad de Chile, Doctor en Derecho por la Universidad de Bonn, Alemania y becario postdoctoral de la Fundación Alexander von Humboldt (Alemania), presentó la ponencia «La estructura típica de los delitos de los nuevos artículos 318 y siguientes del Código Penal» y explicó: “el artículo 318 del Código Penal, antes y después de la modificación de junio de este año, tipificaba y sigue tipificando un delito de peligro abstracto contra un bien jurídico individual, que deberíamos identificar con la salud de cualquiera persona natural”.

“Parece fundada la tesis de que, tanto el artículo 318 como el artículo 318 bis, tienen el carácter de leyes penales en blanco propias, por lo que esto debería llevar a preguntarnos si los estándares que el Tribunal Constitucional chileno ha fijado para determinar la aceptabilidad constitucional de esa particular técnica legislativa se ven o no satisfechos en este caso. Esto genera cierta presión para la manera en que debamos interpretar esas disposiciones y en especial el artículo 318; deberíamos reconocer que un constreñimiento nos impone, a la hora de perfilar una determinada propuesta interpretativa, que esa propuesta logre adecuar la norma a la exigencia constitucional de determinación”, puntualizó el académico.

El carácter del delito del artículo 318 -agregó- no se ve modificado por la reforma, por lo que el delito tipificado es de peligro abstracto. El argumento fundamental para esto sería que, leer el delito del artículo 318 como un delito de peligro concreto para la salud individual, es algo que no tiene sentido alguno.

La abogada y doctoranda en Derecho por la Universidad Austral de Chile, María Isabel Ruiz-Esquide, ex fiscal adjunta de Valdivia y quien cuenta con un postítulo de Infancia y Adolescencia de la Universidad Diego Portales y es Magíster en Derecho, mención en Derecho Penal, por la Universidad de Chile, expuso «Populismo penal Ley 21.240 y punitivismo».  La historia parlamentaria de la ley permite apreciar características de gerencialismo, populismo y punitivismo. “Los problemas del punitivismo es que presenta serias vulneraciones al principio de igualdad y de dignidad humana, pero también a los principios limitadores del ius puniendi como la utilidad de la internación penal, el principio de subsidiariedad, el principio de humanidad de las penas y el de proporcionalidad de las penas. ¿Es posible, entonces, sostener una política punitivista en democracia?  Experiencias de otros países nos han ilustrado las implicancias que pueden significar para principios importantes del ordenamiento jurídico, frente a esta retórica que acompaña a la legislación y la toma de decisiones en materia penal es precisamente la Constitución la que se puede alzar como freno al punitivismo. Parece crucial abordar la incorporación de los principios mencionados porque si no, nos deja a merced de leyes nuevas con estas características”, señaló.

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