Los Ríos al Día

Berger presentó proyecto de ley que garantizará sanciones”proporcionales” a profesores municipales

Un proyecto de ley que garantiza la proporcionalidad en las medidas disciplinarias administrativas hacia los profesionales de la educación, ingresó al Congreso Nacional esta mañana el diputado de Renovación Nacional Bernardo Berger.

 

La propuesta legislativa busca corregir “una grave omisión” que actualmente existe en la legislación “que deja, o en la total impunidad, o con el castigo más gravoso, pero sin puntos medios ni proporcionales a la falta, las contravenciones administrativas de los profesores del sistema municipal”.

 

Berger explicó que el problema surgió a partir de la modificación del Estatuto Docente y su reglamento, que estableció que quienes sean objeto de una investigación o sumario administrativo, sólo podrán ser objeto de la sanción disciplinaria de término de la relación laboral, es decir, de despido, y se eliminaron las demás sanciones.

 

Esta situación ya ha sido objeto de jurisprudencia de la Contraloría General de la República a través del dictamen N °012060 año 2014, que confirmó el problema legal en que ni el reglamento ni la ley establecen sanciones distintas al cese de funciones para los profesores ante una falta.

 

"Es imperioso que se legisle en esta materia y se introduzca en el Estatuto Docente la posibilidad de aplicar las sanciones establecidas en el artículo 120 de la ley 18.883 Estatuto Administrativo Municipal, esto es, la censura, la multa, suspensión del empleo desde 30 días a tres meses y finalmente, como último recurso, la destitución", agregó Berger.

 

De esa forma, indicó el legislador, “se podrá garantizar a los profesores dos principios jurídicos básicos para los profesores: el de la legalidad de las sanciones, y el principio de la gradualidad de la sanción, de forma que ante una falta administrativa, las sanciones sean proporcionales a esa falta, y no como está ocurriendo hoy en día, que la única salida posible de un sostenedor es despedir a un docente o derechamente hacerse el tonto".

 

En lo específico, el proyecto de ley modifica el artículo 72 de la ley 19.070, al que agrega un nuevo inciso penúltimo que indicará que "tratándose de los casos establecidos en las letra b) y c) precedentes, se aplicará lo establecido en el artículo 120 de la ley 18.883, pudiendo ser objeto de las medidas disciplinarias de censura, multa, suspensión del empleo desde treinta días a tres meses, y destitución. Las medidas disciplinarias se aplicarán tomando en cuenta la gravedad de la falta cometida y las circunstancias atenuantes o agravantes que arroje el mérito de los antecedentes".

 

 Edición 324

Related Post