Los Ríos al Día

FISCALIZACIÓN ARMADA DE CHILE  CON SERVICIO NACIONAL DE PESCA sorprenden a dos embarcaciones de pesca operando ilegalmente en la REGIÓN DE LOS RÍOS

En el procedimiento fueron detectadas 5 toneladas de reineta en sus bodegas

Con el objeto de prevenir las faltas y delitos a la Ley General de Pesca y Acuicultura, esta Autoridad Marítima a programados diversos patrullajes efectuados por la LSG. 1610 Corral dentro de la jurisdicción.

      

Capitán Ricardo Carcamo Pascual                                                  Christian Hinrichsen, director regional (S) de Sernapesca Los Ríos, la primera embarcación «Don Felix II» fue detectada a 60 millas del suroeste de Corral. En el marco del operativo, la autoridad marítima desplegó apoyo aéreo y marítimo para cercar el área donde, de acuerdo a las denuncias, se producían estas capturas ilegales.

Christian Hinrichsen, Director Regional (S) de Sernapesca Los Ríos, destacó el trabajo conjunto realizado con la Autoridad Marítima, así como la labor fiscalizadora del servicio en la Región.

El patrullaje programado en conjunto con personal del Servicio Nacional de Pesca Región de Los Ríos a bordo de la LSG.1610 “Corral”, al Weste de la Bahía de Corral se procedió a fiscalizar a la L/M FELIX II, Matrícula VLD 5775 CA 4031, quien mantenía a bordo 3.000 Kg de recurso Reineta sin estar autorizado en su Registro Pesquero Artesanal (R.P.A.) procediendo a su incautación en el mar.

De igual manera se fiscalizó a L/M DON CARLIN I, Matrícula LEB 1627 CA 4559, que mantenía a bordo 2.000 Kg del mismo recurso.   Cabe señalar que ambas naves estaban infringiendo el Artículo 110 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Una vez recaladas las naves a puerto,  el producto incautado fue inspeccionado por personal dependiente de Servicio de Salud y declarado como apto para el consumo humano,  el juez de turno del Juzgado Civil de Valdivia, ordenó la entrega de los productos decomisados a una institución de beneficencia.


Por otra parte, los infractores fueron citados a comparecer al Juzgado Civil de Valdivia, bajo apercibimiento de los artículos 50, 107, 110 E), 110 TER B). ART 1 y 2 D.S. 635/1991 de la ley General de Pesca y Acuicultura, quedando los antecedentes a disposición del tribunal.

    

EDICIÓN Nº 1043

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