Los Ríos al Día

Casi $30 mil puede terminar pagando un usuario al postear una vez y adjuntar una foto en Whatsapp, Facebook y Twitter

Sondeo del SERNAC determinó además que las diferencias de precios por este uso pueden llegar a los $20 mil, dependiendo de la compañía.

A partir de este 14 de junio los servicios de roaming deberán venir bloqueados  y sólo podrán habilitarse por expresa petición del usuario.

 

Muchos hinchas de la “Roja” están realizando los últimos preparativos o incluso algunos ya están en ruta a Brasil, y seguramente el teléfono móvil será uno de los medios más utilizados para estar comunicados con sus familiares en Chile.

 

Ante la gran oferta y diferencias de precios existentes en los servicios de roaming internacional, el SERNAC realizó un estudio que les permitirá a los usuarios saber de antemano lo que terminarán pagando y evitar asumir abultadas cuentas a su regreso.

 

El sondeo se realizó entre el 2 y 30 de mayo e incluyó información difundida en los sitios web de las empresas Entel, Movistar, Claro, Nextel, VTR y Telefónica del Sur (Telsur).

 

¿QUÉ ENCONTRAMOS?

 

El estudio concluyó que existen importantes diferencias en los valores respecto de los distintos usos del servicio de roaming internacional que utilicen los usuarios. Las tarifas mínimas las presenta Movistar y las máximas Nextel, cuyas diferencias para los distintos servicios bordean el 232%.

 

Valores por usar Whatsapp, Facebook y Twitter:

Una de las aplicaciones más usadas por los usuarios de telefonía móvil es el Whatsapp. En este caso, si un consumidor realiza un posteo y adjunta una foto (cerca de 4 MB), podría pagar entre $8.800 y hasta $29.286. Es decir, $20.486 de diferencia entre ambos.

 

Estos mismos valores se repiten si los usuarios realizan la misma operación en las redes sociales Facebook y Twitter.

 

Correo electrónico:

 

Sin un consumidor envía o abre un correo con foto adjunta (2,2 MB), puede pagar entre un mínimo de $4.840 hasta $16.108. Es decir, $11.268 entre la tarifa más económica y la más cara.

 

Al realizar la misma operación, pero sin adjuntar ningún archivo (0,2 MB), el valor varía entre los $440 y los $1.464. Esto es, $1.024 de diferencia.

 

Si un usuario envía o abre un correo con un archivo adjunto (1MB), por ejemplo, un Word o un Excel, pagará entre un mínimo de $2.200 y un máximo de $7.322.

 

Navegar:

 

Si un usuario visita la portada de un diario (0,3 MB),  puede terminar pagando entre $660 y $2.196.

 

Si navega durante una hora (15 MB), pagará una tarifa mínima de $33 mil y un máximo de $109.824. Esto es, $76.824 entre la tarifa más económica y la más cara.

 

Video:

 

Si un consumidor desea ver un video de 10 minutos en Youtube (20 MB), podría terminar pagando entre $44.000 y $146.432. Es decir, $102.432 entre ambos valores.

 

Por una hora de video (120 MB), en tanto, las tarifas alcanzan los $264.000 y los $878.592; esto es, $614.592 de diferencia entre ambos valores.

 

Oficios

 

En el estudio, el SERNAC detectó algunas infracciones por parte de algunas empresas a las exigencias que establece la Ley del Consumidor respecto de la publicidad.

 

Por este motivo, el Servicio ofició a la compañía Movistar tras detectar que en una de sus piezas publicitarias no se informaban las bases ni la vigencia de la promoción ofrecida, la que se refería a un plan de prepago de roaming en Brasil.

Hay que recordar que la Ley del Consumidor establece que las empresas, al promocionar sus bienes y servicios, están obligadas a informar el tiempo o plazo de duración de su promoción, entre otras condiciones.

 

Por otro lado, el SERNAC oficio a las empresas Entel, Movistar, Claro, Nextel, VTR y Telefónica del Sur (Telsur) por presentar  en sus respectivos sitios web las tarifas de sus servicios de roaming en dólares.

 

La Ley es clara en el sentido que los precios deben informarse de manera destacada y visible y en moneda nacional, además de cobrarse el valor informado.

 

En caso que las empresas no ajusten su publicidad a los estándares de la Ley, el SERNAC interpondrá las acciones legales correspondientes ante los tribunales de justicia.

 

Reglamento de Telecomunicaciones: nuevas obligaciones para las empresas

 

Hay que recordar que la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL)  dictó un reglamento que entra en vigencia el 14 de junio, donde se establece que los Servicios de Valor Agregado (SVA), como el roaming internacional de voz, mensajería y datos, deben venir bloqueados por defecto; y sólo podrán habilitarse por expresa petición del usuario.

Asimismo, la normativa establece que las empresas tienen la obligación de enviar un mensaje de texto a los usuarios cada vez que inicien una sesión de roaming

 

 

internacional, indicándole que se encuentra activado el servicio y sus principales tarifas.

Además, para evitar cobros inesperados por cuentas de roaming de datos, las empresas deberán incorporar mecanismos de control de gasto que permitan al consumidor conocer su nivel de consumo en línea.

Recomendaciones

 

  • Usar preferentemente redes WIFI, las cuales están disponibles en hoteles, restaurantes y otros lugares de acceso público.
  • Informarse sobre las condiciones y términos de uso.
  • Verificar la activación del servicio de roaming ante de viajar.
  • Chequear factibilidad técnica del equipo.
  • Cotizar bolsas de roaming de prepago y/o promociones disponibles.

Edición 261

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