El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia condenó hoy –miércoles 9 de agosto– a Sandro Iván Martin Martin a la pena efectiva de 10 años de presidio, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, causando la muerte de Jacobo Segundo Chandía Fuentes y de Julia Josefa y Edith Larrañaga Gallardo. Ilícito perpetrado el 18 de septiembre de 2016, en la Ruta 202 de la comuna.
En fallo unánime (causa rol 120-2016), el tribunal –integrado por los magistrados Ricardo Aravena, Daniel Mercado y Alicia Faúndez– aplicó, además, a Martin Martin las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios públicos, derechos políticos; la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, más el pago de una multa de 8 UTM y de las costas del procedimiento. Asimismo, el tribunal impuso al condenado la pena especial de inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica.
Fallo que dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 11.30 horas del 18 de septiembre de 2016, el condenado conducía en estado de ebriedad, de norte a sur por la Ruta 202, de la comuna de Valdivia.
En dichas condiciones, a la altura del kilómetro 36, debido a su estado de ebriedad, Martin Martin realizó una maniobra de adelantamiento antirreglamentaria en zona demarcada con doble línea continua, ingresando al costado izquierdo de la calzada, obstruyendo la normal circulación del automóvil que circulaba en sentido contrario y en el que viajaban las víctimas. Producto de esta maniobra, ambos vehículos colisionaron en forma frontal, ocasionando la muerte de las víctimas.
EDICION: 729