Delegada, Seremi Minvu y Segegob
El Fondo de Garantías Especiales –Fogaes- facilitará el acceso a créditos hipotecarios de hasta un máximo de 10% en el caso que el financiamiento hipotecario sea de un 90% y siempre que se trate de una primera vivienda de hasta 4.500 UF.
En tanto en subsidio de Arriendo implica una inversión total de 170 UF, que se entrega mensualmente con un tope de 4,2 UF.
En pleno Mercado Fluvial autoridades entregaron información a la comunidad sobre Subsidio de Arriendo y Fondo de Garantía Estatal. Actividad que contó con la presencia de la Delegada Presidencial, Carla Peña; el Seremi de Gobierno, Juan Guerra y el seremi de Vivienda y urbanismo, Daniel Barrientos.
En relación al Subsidio de Arriendo Regular, las autoridades informaron que las postulaciones vía online comenzaron el 21 de este mes, mientras que durante esta jornada -23 de marzo-se inició la postulación presencial que se extenderá hasta el 14 de julio, considerándose dos cierres de selección en mayo y julio.
El Subsidio de Arriendo es un aporte temporal destinado a familias que pueden realizar un pago mensual por el arriendo de una vivienda. Los beneficiarios reciben un subsidio total de 170 UF, que se entrega mensualmente con un tope de 4,2 UF y puede ser utilizado de manera consecutiva o fragmentada en un máximo de 8 años. Para más información visitar www.minvu.cl
Al respecto, la Delegada Presidencial, Carla Peña destacó esta política del ministerio de Vivienda y Urbanismo “dirigido a apoyar a las familias en esta búsqueda de la vivienda, que por diversas situaciones optar a este beneficio, que justamente va para apalancar recursos que se tiene que destinar todos los meses para el pago de arriendo, entonces la invitación va en poder entregar este beneficio y ayudar a las familias. La invitación es acudir a las oficinas del ministerio en la región”.
Sobre los requisitos, el seremi de Vivienda y Urbanismo, Daniel Barrientos explicó que se este es un subsidio muy importante que el Presidente Gabriel Boric, nos ha pedido fomentar”. La autoridad agregó que subsidio está dirigido a núcleos familiares, y deben estar inscrito en el Registro Social de hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 70%. Además de acreditar un ahorro mínimo de 4 UF en una cuenta de ahorro para la vivienda al momento de postular, entre otros aspectos que se pueden ver en sitio www.minvu.cl.
REGLAMENTOS LEY
Esta semana se publicaron en el Diario Oficial los tres reglamentos que permitirán implementar la Ley N°21.543 que crea un Fondo de Garantías Especiales (Fogaes). Esta iniciativa facilitará el acceso a créditos hipotecarios de las familias que requieren mayor financiamiento para poder adquirir sus viviendas, así como también de las empresas de la construcción que necesitan financiamiento para dar continuidad a sus proyectos habitacionales.
Además, el Banco Estado, será el organismo, administrador del Fondo de Garantías Especiales. Entidad que deberá publicar las licitaciones para seleccionar las instituciones financieras que otorgarán este beneficio, tanto a las personas que buscan vivienda por primera vez, como a empresas del rubro de la construcción para que puedan dar continuidad a sus proyectos.
La delegada Carla Peña, indicó que “cuando hablamos de seguridad económica como un eje transversal de las carteras, también estamos asumiendo un protagonismo distinto frente a la posibilidad de endeudamiento y eso significa que a través de estas garantías se permite que más familias puedan obtener su vivienda, de la mejor manera posible”.
Al respecto el seremi de Gobierno, Juan Guerra explicó que son tres reglamentos que permiten implementar al Fondo de Garantía de Fondos Especiales, principal ir en ayuda de las familias de los sectores medios, ya que permitirán acceder a créditos para adquirir su primera vivienda. La autoridad, afirmó que consiste en la entrega de una garantía estatal de hasta un máximo de 10% en el caso que el financiamiento hipotecario sea de un 90% y siempre que se trate de una primera vivienda -nueva o usada- de hasta 4.500 UF.
El seremi de Vivienda, Daniel Barrientos enfatizo que “el Fondo de Garantías Especiales es una respuesta concretar del Presidente Gabrel Boric a una deuda que teníamos con los sectores medios durante muchos años, donde la banca estaba exigiendo un 20 por ciento del pie inicial, un tema inalcanzable y que lo único que produjo es aumentar la crisis habitacional de nuestros sectores medios que no pudieron acceder a un crédito hipotecario, con esto se está disponiendo recursos para que sea asumido como una garantía estatal”.
APOYO A EMPRESAS
La garantía para las empresas de la construcción está destinadas a firmas cuyas ventas netas anuales superen las 100.000 Unidades de Fomento y no excedan de 1.000.000 Unidades de Fomento; y, que se ubiquen entre las 16 actividades principales de la construcción y las 8 conexas, descritas en el reglamento de acuerdo con las siguientes actividades económicas establecidas en el Servicio de Impuestos Internos. Entre estos rubros figuran desde la construcción de edificios para uso residencial, demolición, terminación y acabado de edificios, hasta fabricación de partes, piezas de carpintería para edificios y construcciones y venta al por menor de artículos de ferretería y materiales de construcción.
Las empresas elegibles se dividen en Grandes I y Grandes II. Las primeras son aquellas cuyas ventas netas anuales superen las 100.000 UF y no excedan de 600.000 UF; mientras que las segundas son cuyas ventas netas anuales superen las 600.000 UF y no excedan de 1.000.000 UF.
Para las Grandes I, la garantía es del 70% del saldo adeudado de cada financiamiento de hasta 150.000 UF, mientras que para las Grandes II es del 60% del saldo adeudado de cada financiamiento de hasta 250.000 UF.
Los recursos solicitados pueden estar destinados, entre otros, a la adquisición de activos fijos y las necesidades de capital de trabajo de la empresa, tales como pago de remuneraciones y obligaciones previsionales, arriendos, rentas de leasing, mercaderías y suministros, incluyendo aquellos documentados a través de cartas de crédito de importación o exportación, y facturas pendientes de liquidación, confirming, obligaciones tributarias, boletas de garantía, gastos de seguros, gastos asociados al otorgamiento de Garantías Apoyo a la Construcción, y cualquier otro gasto que sea indispensable para el funcionamiento de ésta.
A diferencia de lo que ocurre con la garantía en vivienda, a esta licitación podrán concurrir solo los bancos, incluyendo sus filiales.
La Ley N°21.543 que crea un Fondo de Garantías Especiales (Fogaes), fue publicada en el Diario Oficial el 13 de febrero de 2023 y contempla recursos por 50 millones de dólares.